Deno hacerlo, el inquilino, en el plazo de 30 días, puede optar por: a) Pedir que se le restituya en la vivienda con las mismas condiciones que antes y por un plazo máximo de hasta 5 años, abonándole por daños y perjuicios el coste que le hubiera supuesto el desalojo de la vivienda. b) Solicitar la indemnización de un mes por cada
SEVILLA 30 Nov. (EUROPA PRESS) - La Audiencia de Sevilla ha declarado extinguida la responsabilidad penal de dos personas condenadas por un delito leve de usurpación cometido al ocupar una
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